La certificación energética consiste en un documento que describe el grado de ahorro energético que es capaz de conseguir una vivienda, local o edificio. | Leer más |
Todos los propietarios que deseen vender o alquilar su vivienda deberán poner a disposición del inquilino o comprador el Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda o local.
Cada inmueble tendrá una etiqueta similar a las que ya se utilizan en los electrodomésticos y que indica lo eficiente que es respecto al consumo de energía. Mediante esta etiqueta de eficiencia energética, se asignará a cada edificio una Clase Energética de eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase G, para los menos eficientes.
La Certificación Energética de los Edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo.
a) Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor. | Leer más |
a) Las edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas. | Leer más |
El propietario del edificio completo, vivienda o local destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente será el responsable de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética.
1. La etiqueta de eficiencia energética debe incorporarse a toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o publicidad del edificio o de la vivienda. | Leer más |
Será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titularidad académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por el propietario. | Leer más |
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez de diez años. El propietario podrá voluntariamente proceder a su actualización, cuando considere que existen variaciones que pudieran modificar la eficiencia energética del edificio o de la vivienda. | Leer más |
El certificado de eficiencia energética debe contener como mínimo la siguiente información: | Leer más |
Además de la clasificación global se incluyen las calificaciones parciales de: la calefacción, refrigeración, agua caliente sanitario y en el caso del sector terciario la iluminación.
Este Real Decreto es la transposición de la Directiva 2002/91/CE utilizándose el mismo sistema de medidas | Leer más |
En caso de sustituir las ventanas actuales por unas de doble acristalamiento, ¿Debería actualizar otro certificado de eficiencia energética?
El R.D. expone que el propietario, a su voluntad, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado. En este caso, posiblemente la calificación energética aumentaría en 1 ó 2 categorías por lo que, si realiza una actualización del certificado, su vivienda posiblemente se revalorizaría.
¿Cuánto cuesta la obtención del certificado de eficiencia energética?
El coste varía en función de diferentes factores como son la superficie de la vivienda o del edificio a certificar, su tipología, etc.
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